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Nuestra Cofradía se ha acogido a la Ley de Mecenazgo, Ley 49/2002 sobre Régimen Fiscal de Entidades sin Fines Lucrativos y de los incentivos Fiscales al Mecenazgo, pudiendo por ello todos los cofrades y devotos obtener beneficios a través de la Desgravación de la Declaración de la Renta sobre las cuotas y donaciones aportadas a nuestra Cofradía en cada ejercicio fiscal.
 
Los beneficios que los cofrades y devotos pueden obtener por la cuota cofrade y otras donaciones son:
 
Por aportaciones de hasta 150€, podrán deducirse un 75% de la cantidad aportada.
 
Si la aportación es mayor de 150€ la deducción sería de un 30% de la cantidad aportada.
 
Si el donativo es recurrente durante mas de 2 años por importe igual o superior realizado a la muestra Cofradía, la deducción por aportaciones superiores a 150€ pasará a ser del 35%.
 
Teniendo en cuenta que el límite de la deducción de la base liquidable será del 10%
 
Para este ejercicio 2020 y sucesivos poder por parte de nuestra cofradía presentar el modelo 182 que se remite a Hacienda con todos los donativos y cuotas es NECESARIO QUE LOS DATOS de los cofrades ESTEN AL DIA, ya que de no estarlo no será posible acogerse a este beneficio, puesto que no se podrá comunicar a Hacienda el listado de aquellas personas que no los tengan actualizados.
Todos aquellos cofrades y devotos que deseen acogerse a este beneficio deberán solicitarlo cumplimentando el siguiente formulario que servirá a la vez para actualizar los datos personales suyos que constan en el fichero de nuestra Hermandad, para ello deberán remitir el formulario que puede cumplimentar en el siguiente enlace  (formulario) junto con una fotocopia de su dni a email Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. , o bien entregar dicho formulario junto con la copia del dni en nuestra casa de Hermandad antes del 31 de diciembre de cada año.
 
Cuando haya varios cofrades en una familia podrá solicitarlo el cofrade que va a realizar la desgravación del IRPF en su declaración, para ello se cumplimentará en el formulario de solicitud en el bloque correspondiente aquellos cofrades familiares de los que hay que sumarle el importe a desgravar.
 
Ejemplos de los beneficios que tiene ser cofrade o hacer un donativo.
 
Unidad familiar Padres y 2 hijos todos cofrades.
 
Padre solicita el certificado de la aportación realizada, identificando en su solicitud a su esposa e hijos cofrades. Resultando 4 cofrades x 15 euros de cuota cofrade total 60 euros aportados a la Cofradía.
 
Cuando realice la renta del año siguiente podrá desgravarse 45 euros.
 
¿Que pasaría si además la familia realiza un donativo a otras ONG, como Cáritas o Manos Unidas entre otras?
 
Continuando con el ejemplo anterior
 
4 cofrades x 15 euros de cuota cofrade total 60 euros aportado a la Cofradía, pero además hace un donativo a Cáritas de 200 euros.
 
La suma de todos los donativos ascendería a 260 euros.
 
En este caso cuando realizara la renta se desgravaría los primeros 150 euros el 75% y de los 110 euros restantes el 30%, lo que supondría 112.50 euros de los primeros 150 euros y 33 euros de los restantes, por lo que podría desgravarse de los 260 euros aportados un total de 145.50 euros.
 
 
En el caso de un cofrade que no haga la declaración de la Renta, puede indicar a la Cofradía a través del formulario los datos fiscales completos de la persona a la que debe imputarse la cuota o donación realizada.